La desaparición forzada, definida en el Artículo 2 de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, está estrechamente vinculada a la violación de, al menos, cinco derechos humanos fundamentales. ¿Sabes cuáles son?
Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas
Artículo 2.
A los efectos de la presente Convención, se entenderá por «desaparición forzada» el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.
Con esto en mente y a la luz de la información contenida en el Manual para la Aplicación de la Ley General sobre Desaparición de Personas y el Protocolo Homologado de Búsqueda, publicado por los especialistas de la asociación civil i(dh)eas Litigio Estratégico en Derechos Humanos, considera en su página 23 que son cinco los derechos humanos involucrados en el delito de desaparición forzada:
- Derecho Humano a la Vida.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha considerado que, por la naturaleza misma de la desaparición forzada, la víctima se haya en una situación agravada de vulnerabilidad, de la cual surge el riesgo de que se violen diversos derechos, entre ellos, el derecho a la vida. […] la desaparición forzada ha incluido con frecuencia la ejecución de los detenidos, en secreto y sin fórmula de juicio, seguida del ocultamiento del cadáver con el objeto de borrar toda huella material del crimen y procurar la impunidad de quienes lo cometieron, lo que significa una violación al derecho a la vida.
- Derecho Humano a la Libertad Personal.
La CIDH ha reconocido, en relación con el derecho a la libertad personal y a las personas privadas de libertad, que el Estado se encuentra en una posición especial de garante de los derechos de los detenidos, por lo cual la privación de libertad en centros legalmente reconocidos y la existencia de registro de detenidos constituyen salvaguardas fundamentales iter alia contra la desaparición forzada.
- Derecho Humano a la Personalidad Jurídica.
La Desaparición Forzada también conlleva la vulneración del derecho a la personalidad jurídica, dispuesto en el Art. 3 de la Convención Americana de los Derechos Humanos, dado que su desaparición busca no sólo una de las más graves formas de sustracción de una persona de todo ámbito de ordenamiento jurídico, sino, también, negar su existencia y dejarla en una suerte de limbo o situación de indeterminación jurídica ante la sociedad y el Estado.
- Derecho Humano al Acceso a la Justicia.
Tras la detención de una persona por la comisión de un delito es obligación del Ministerio Público presentar al imputado ante la autoridad judicial. Esta obligación, contenida en el Art. 16 constitucional, garantiza el acceso a la justicia del imputado y tiene como finalidad realizar el control de constitucional de la detención. La puesta a disposición física de la persona debe realizarse sin demora ante el juez instructor para los efectos del dictado del auto de termino constitucional (artículo 19 constitucional). En las desapariciones forzadas, tras la detención de una persona, no se cumple con ese requisito const privando a la persona detenida no sólo del derecho a que un juez determine la legalidad de la detención, sino a contar con un recurso efectivo en contra del acto de autoridad.
- Derecho Humano a la Verdad.
Los familiares de víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, como la desaparición forzada, tienen el derecho a conocer la verdad sobre estas violaciones. Este derecho a la verdad al ser reconocido y ejercicio en una situación concreta, constituye un medio importante de reparación para la víctima y sus familiares y es una expectativa que el Estado debe satisfacer. Por otra parte, el conocer la verdad facilita a la sociedad la búsqueda de formas de prevenir este tipo de violaciones en el futuro.
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EP
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