Este primero de agosto de 2018, la página oficial de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), una dependencia del Gobierno Federal que da cumplimiento y operación al Sistema Nacional de Atención a Víctimas¹, compartió el testimonio de una persona sobreviviente a la trata de personas en nuestro país. Una narrativa brutal en el sentido amplio de la palabra.
Aquí el video:
De acuerdo con la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, se entenderá por explotación de una persona a:
I. La esclavitud, de conformidad con el artículo 11 de la presente Ley;
II. La condición de siervo, de conformidad con el artículo 12 de la presente Ley;
III. La prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, en los términos de los artículos 13 a 20 de la presente Ley;
IV. La explotación laboral, en los términos del artículo 21 de la presente Ley;
V. El trabajo o servicios forzados, en los términos del artículo 22 de la presente Ley;
VI. La mendicidad forzosa, en los términos del artículo 24 de la presente Ley;
VII. La utilización de personas menores de dieciocho años en actividades delictivas, en los términos del artículo 25 de la presente Ley;
VIII. La adopción ilegal de persona menor de dieciocho años, en los términos de los artículos 26 y 27 de la presente Ley;
IX. El matrimonio forzoso o servil, en los términos del artículo 28 de la presente Ley, así como la situación prevista en el artículo 29;
X. Tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos, en los términos del artículo 30 de la presente Ley; y
XI. Experimentación biomédica ilícita en seres humanos, en los términos del artículo 31 de la presente Ley.
¹ La Ley General de Víctimas publicada en el DOF el 09 de enero de 2013 y reformada mediante Decreto publicado el 3 de mayo del mismo año, establece en su artículo 79 la creación del Sistema Nacional de Atención a Víctimas el cual para su operación y el cumplimiento de sus atribuciones, contará con una Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, la cual quedo debidamente constituida por Decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación del 08/01/2014.
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