Taibo II ¿al Fondo de Cultura Económica?

En un video difundido por el periódico Reforma, se aprecia una breve charla entre el presidente electo de México, Andrés Manuel López Obrador, y el escritor e historiador Paco Ignacio Taibo II donde se explica lo que podría ser el futuro del Fondo de Cultura Económica (FCE).

El destape de Taibo II

La conversación se dio poco después del mensaje que López Obrador emitió en la Plaza de las Tres Culturas por el 50 aniversario de la masacre de Tlatelolco, el pasado martes 02 de octubre.

Pero me lo tienes que decir hoy mismo o mañana, no puedo estar esperando. ¿Quién mejor que una gente como tú, que sustituya a Carreño?, presuntamente en referencia a José Carreño Carleón, actual director del Fondo de Cultura Económica (Noticieros Televisa, 2018).

 

Un día después, la escritora Margo Glantz informó a través de su cuenta oficial de Twitter que por «motivos personales» declinó la oferta de AMLO para ocupar la titularidad del FCE desde el pasado 3 de septiembre.

¿Sospechosismo? ¿Algo se rompió en los últimos días entre Andrés Manuel López Obrador y Margo Glantz? Preguntas que, muy seguramente, se solventarán en un futuro próximo.

No obstante, de colocarse como el futuro titular del FCE, Paco Ignacio Taibo II no podría ostentar el cargo debido a la redacción del artículo 21 de la Ley de Entidades Paraestatales, que impide a ciudadanos extranjeros ocupar dicho puesto.

Artículo 21. – El Director General será designado por el Presidente de la República, o a indicación de éste a través del Coordinador de Sector por el Organo de Gobierno, debiendo recaer tal nombramiento en persona que reúna los siguientes requisitos:

I.- Ser ciudadano mexicano por nacimiento que no adquiera otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

II. Haber desempeñado cargos de alto nivel decisorio, cuyo ejercicio requiera conocimientos y experiencia en materia administrativa; y

III. No encontrarse en alguno de los impedimentos que para ser miembro del Organo de Gobierno señalan las fracciones II, III, IV y V del artículo 19 de esta Ley.

 

Imagen principal: Commons

EP

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