Amparo 159/2013: El «formato de lectura fácil» que revolucionó las sentencias de la SCJN

El 16 de octubre de 2013, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció el derecho de un joven con discapacidad intelectual a decidir sobre su propia vida. Una sentencia que revolucionó los formatos de lectura de resoluciones jurídicas en la historia de México.

En esa tesitura, los ministros de la primera sala de la SCJN votaron por mayoría la propuesta de sentencia del ministro Arturo Zaldívar, mediante el cual fueron emitidos los lineamientos para la interpretación del estado de interdicción en torno a las personas con discapacidad, en general, en México.

Mediante un amparo presentado en 2011, Ricardo Adair Coronel Robles, un joven de 25 años con síndrome de Asperger, pretendió invalidar su estado de interdicción, que lo declaraba judicialmente incapaz y establecía que debe mantenerse bajo la guarda de un tutor por carecer de aptitudes para gobernarse, cuidarse y administrar sus bienes (El País, 2013).

A través del amparo en revisión 159/2013, se implementó el formato de lectura fácil, tomando como base las consideraciones de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad; aprobadas el 4 de marzo de 1994 por la Asamblea de la Organización de las Naciones Unidas.

La finalidad de estas es garantizar que las personas con discapacidad, como miembros de la sociedad, deben tener los mismos derechos y obligaciones que todos, además de que se busca la igualdad de oportunidades mediante los procesos en los que la sociedad y las personas que lo rodean, en el desarrollo de sus actividades y de la información que se le proporciona, deben ser especialmente atendiendo su condición de persona con discapacidad (Peña Martínez, 2018).

La sentencia sentó jurisprudencia en materia de derechos de las personas en situación de vulnerabilidad debido a su condición de discapacidad:

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Formato de lectura fácil

En su resolución, el amparo en revisión 159/2013, dice lo siguiente:

Al analizar tu caso la Corte decidió que tú, Ricardo Adair, tienes razón. En poco tiempo un juez te llamará para pedirte tu opinión sobre tu discapacidad. El juez platicará varias veces contigo sobre qué actividades te gusta hacer, qué es lo que no te gusta hacer, cuáles son tus pasatiempos y cosas así. Cuando platiques con el juez, te va a explicar por qué te llamó y hablará contigo de forma amigable.

Si tú así lo quieres, un familiar tuyo o algún amigo te puede acompañar cuando vayas con el juez. Además, el juez platicará de tu caso con tus papás, con médicos y con otras personas como maestros y abogados. Después de que el juez platique con todos ustedes, decidirá qué cosas puedes hacer solo y en qué cosas vas a necesitar que alguien te ayude.

En todas las decisiones que se tomen sobre ti, tendrán que preguntarte qué es lo que opinas. Tu opinión será lo más importante cuanto decidan cosas sobre ti mismo. El juez decidirá qué personas, como alguno de tus familiares, te ayudarán cuando vayas a tomar una decisión sobre ti mismo o tus pertenencias. Cuando tú consideres que algunas de las cosas que dijo el juez que tenías que hacer con ayuda, ahora las puedes hacer tú sólo, puedes ir con el juez y decírselo.

Consulta otro caso de «Lectura Fácil» dando «click» al siguiente enlace: AMPARO EN REVISIÓN 1368/2015.

Imagen principal: El País [Actualidad]

EP

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