
Pueblos indígenas, el segundo grupo más discriminado en México
La fracción última del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece lo siguiente: Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto … Continúa leyendo Pueblos indígenas, el segundo grupo más discriminado en México
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