Disposiciones sobre la difusión de imágenes: SEGOB

La mañana del viernes, 10 de enero de 2021, a las 08:30 horas, se registró una balacera en las instalaciones del Colegio Cervantes, en Torreón, Coahuila.

Un menor de 11 años de edad abrió fuego en contra de sus compañeros y profesores. 6 personas terminaron lesionadas: un maestro de 40 años que estaba en el patio de la escuela y 5 alumnos de entre 7 y 13 años de edad.

Una docente de 50 años falleció y el tirador, presuntamente, cometió suicidio.

El feminicidio de Ingrid

Un mes después de la tragedia de Torreón, fueron filtradas las imágenes del cuerpo de Ingrid Escamilla. Una mujer que fue víctima de feminicidio por parte de su pareja sentimental, Erick «N». Un hecho lamentable que también fue objeto de morbo en la opinión pública.

Revictimización y adecuado manejo de la información

Frente a los hechos lamentables, la Secretaría de Gobernación (Segob), emitió un comunicado dirigido a todas las radiodifusoras y televisoras del país para la adecuada difusión de la información. Sobre todo imágenes que han circulado en redes sociales.

En relación con el manejo informativo de los hechos ocurridos la mañana de hoy en el Colegio Cervantes de Torreón, Coahuila, se hace un llamado para que, en estricto apego a lo dispuesto por el Capítulo Décimo Séptimo de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGNNA), se observen las siguientes disposiciones:

1. Los concesionarios de radio y televisión no deben difundir imágenes, voz, nombre, datos personales, o cualquier otra referencia que permita la identificación de niñas, niños o adolescentes, aun cuando se modifiquen, difuminen o no se especifiquen sus identidades.

2. No está permitido difundir datos personales de niñas, niños o adolescentes relacionados con la comisión de un delito, ya sean autores, víctimas o testigos.

3. Debe evitarse la difusión de imágenes o noticias que propicien o sean tendientes a la discriminación, criminalización o estigmatización de niñas, niños y adolescentes.

4. Con base en la LGNNA, estas disposiciones son también aplicables a medios electrónicos sobre los que tenga control el concesionario.

De acuerdo con la SEGOB, será la Dirección General la instancia encargada del seguimiento puntual al cumplimiento de la referida Ley a través del monitoreo de medios.

 

 

Imagen principal: Commons

 

 

EP

 

 

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